Podemos realizar muchos trámites burocráticos online pero la mayoría de ellos requieren que tengamos algún tipo de identificación oficial. En la mayoría de los casos seguro que has escuchado hablar de Cl@ve o has visto que te lo piden para acceder. Para poder realizar cualquier trámite del SEPE, para consultar los puntos de tu carnet de conducir, etc. Pero, ¿qué es? ¿Qué es Cl@ve? ¿Y por qué hay Cl@ve Pin o Permanente? ¿Qué diferencias hay?
La Sede Electrónica de la Agencia Tributaria nos permite identificarnos con distintas formas para poder hacer todo tipo de trámites. Una de ellas es el sistema Cl@ve que, además, es muy útil para acceder a una gran cantidad de opciones. Pese a que lleva un tiempo en funcionamiento, la realidad es que todavía son muchas las dificultades que tenemos para diferenciar entre los distintos métodos que existen en el mercado.
Conscientes de esta situación, en este artículo repasamos todo lo que debes saber sobre estos métodos de autenticación para realizar trámites online. Funcionan en España y puedes utilizarlo siempre que seas mayor de edad o si eres menor de edad, pero cuentes con autorización e identificación por parte del padre, de la madre o del tutor legal que realice la solicitud.
Qué es Cl@ve
Seguro que lo has usado alguna vez o que has escuchado hablar de él. Cl@ve es un sistema que permite acceder a servicios públicos de forma telemática. Lo que nos permite es que podamos acceder a la istración e identificarnos en Internet para realizar todo tipo de trámites de forma segura, pero sin necesidad de desplazarnos. Es una de las formas más aceptadas para identificarnos al realizar este tipo de gestiones.
El objetivo es tener una única forma de para todas las istraciones, y con la que puedes hacer gestiones como tramitar la declaración de la renta, pedir una prestación por desempleo o pagar impuestos, entre muchos otros, tanto con la istración nacional como con la de tu comunidad autónoma. Al ser gestiones personales, es imprescindible utilizar un sistema seguro como este con el que puedas acreditar que eres tú quien realmente está realizando ese trámite y que nadie pueda usurpar tu identidad.
Además, y como uno de sus mayores puntos a atender, es que con este sistema de Cl@ve PIN no tenemos que recordar ninguna contraseña. Para esto, simplemente nos identificamos y el sistema nos envía una clave temporal. Además, es mucho más seguro porque esta clave caduca a los 10 minutos.
Se trata de uno de los métodos más cómodos que tenemos para poder identificarnos a la hora de realizar cualquier tipo de trámite. Pese a ello, es cierto que en determinados momentos pueden haber algunas dudas, especialmente si lo comparamos con otros servicios, por lo que lo que te recomendamos es te cerciores de cuáles son las posibilidades que te ofrecen todos ellos.
Qué gestiones puedo realizar
Como decimos, con este tipo de sistema, basta con únicamente seleccionar el con Cl@ve cuando veamos el icono, pinchando en el candado que hay al lado del símbolo. Esto hará que sistema nos redirija a una pasarela en la que tendremos que identificarnos con nuestro pin, y tener así un pleno a todos los trámites que nos ofrezcan desde la plataforma.
Completándose con el DNI electrónico y el Certificado Digital, lo interesante de Cl@ve es saber dónde lo podemos usar o en qué servicios. Según la propia página web, podemos usar Cl@ve en “los mecanismos de identificación previstos en Cl@ve en todos aquellos servicios de istración electrónica integrados en el sistema”. Para saber si podemos o no usarlo basta con ver el icono correspondiente cuando accedamos a esa página web concreta.
Desde 2015 se empezó a habilitar este sistema en todos los servicios y trámites para los ciudadanos así que realmente puedes usar esta clave en cualquiera de ellos. Por ejemplo, algunos de ellos:
- En trámites de la Dirección General de Tráfico online
- Para acceder a la Agencia Tributaria online
- Para acceder al SEPE o Servicio Público de Empleo Estatal
- Para realizar trámites online de la Seguridad Social desde casa
- Etc.
Qué tipos de registro hay
Cl@ve es “el sistema” pero no lo que usas para acceder a los diferentes trámites. Es decir, hay varias posibilidades de uso dentro de este, que es el sistema general. Primero necesitamos registrarnos en Cl@ve y después obtener nuestras diferentes claves ya sea la ocasional o PIN o la permanente, por ejemplo.
- Una Cl@ve Pin o Cl@ve ocasional: Que nos permite acceder esporádicamente a un servicio y que solo nos sirve durante un tiempo concreto. Solo puedes usarlo durante los siguientes diez minutos y una única vez.
- Una Cl@ve permanente: Que, como su propio nombre indica, es mucho más duradera y está pensada para s habituales. No es ilimitado, aunque se llame “permanente”, debes tenerlo en cuenta. Nos permite acceder a Servicios de la Seguridad Social y otros trámites, etc.
Te explicaremos las diferencias entre ambas o las dos opciones y cómo usarlas en los próximos apartados específicos. Pero se trata de claves concertadas ambas que nos permiten identificarnos para realizar los diferentes trámites de forma online. Si quieres conocer más información, ¡sigue leyendo!
Registrarse en Cl@ve
Lo primero que necesitaremos antes de obtener una de las dos claves siguientes es registrarnos en la plataforma de Cl@ve y hay tres vías diferentes: sin certificado electrónico, con certificado electrónico o presencialmente en una oficina de registro. Elige la que más se adapte a ti y pasa al siguiente paso.
Sin certificado electrónico
Si no tienes certificado electrónico puedes realizar el registro y recibirás una carta física en tu domicilio fiscal, enviada por correo postal y a través de la que tendrás información para completar el registro. Los pasos para hacerlo son los siguientes que te mostramos a continuación:
- Accede a la Sede electrónica desde este enlace
- Ve a Registro Cl@ve
- Elige la primera opción “Registrarse en Cl@ve”
- Introduce tu DNI o tu NIE
- Confirma introduciendo la fecha de validez o de expedición
- Toca en “Continuar”
Una vez que hayas hecho estos pasos y se haya validado la información, podrás solicitar el envío de una carta de invitación a tu domicilio fiscal tal y como puedes ver en la captura de pantalla a continuación. Para ello, el siguiente paso que debes hacer es solicitar la carta de invitación.
Cuando recibas dicha carta de invitación que acabamos de solicitar vía online, busca el código seguro de verificación o CSV en la misiva, un código de 16 números y letras en mayúsculas que aparecerá en el texto, tal y como te mostramos en la imagen inferior que aparece a continuación:
Ya con el código en tu poder, accede de nuevo al registro:
- Abre la opción Registro Cl@ve
- Toca sobre “Ya dispongo de una carta de invitación”
- Pulsa el botón de “Continuar”
- Introduce el código de 16 caracteres que ponía en tu carta
- Rellena todos tus datos (número de teléfono, correo electrónico)
Confirma y habrás hecho ya tu registro en Cl@ve que podrás usar para lo que quieras, tal y como te hemos explicado al inicio del texto. Esto incluye gestiones vía online en la Agencia Tributaria o en la Dirección General de Tráfico (DGT), por citar algunas de ellas.
A través de DNIe o certificado electrónico
Si tienes un DNI electrónico o un certificado electrónico podrás acceder a Cl@ve registrándote desde la web y tocando en el segundo apartado disponible. A continuación, te indicamos paso por paso cómo hacerlo de forma rápida y sencilla. ¡No tiene pérdida!
- Accede a la Sede electrónica aquí
- Ve a Registro Cl@ve
- Elige la opción “Registrarse en Cl@ve con certificado o DNI electrónico«
- Introduce tu DNI y la fecha de validez o expedición
- Identifícate con tu certificado electrónico o DNI
- Toca en “Enviar”
- Escribe un teléfono móvil
- Confirma el teléfono móvil
- Añade una dirección de correo electrónico
- Confirma la dirección de correo electrónico
- Acepta las condiciones
Automáticamente te aparecerá un mensaje que indica que has sido dado de alta en el Sistema de identificación y firma. Cuando lo hayas hecho, ya podrás utilizar Cl@ve para realizar trámites online usando la clave permanente o temporal que veremos en los próximos apartados de este tutorial, según necesitas en cada momento.
En una oficina de registro
No suele ser la primera opción, menos aún desde el inicio de la pandemia de Covid-19, pero siempre nos quedará también hacerlo de forma presencial en una Oficina de registro. Para ello, debes llevar los siguientes datos y darlos a la persona que realizará el trámite para ti:
- DNI o NIE
- Número de teléfono móvil
- Una dirección de correo electrónico
- Acreditación de identidad si eres ciudadano extranjero (pasaporte, etc)
Para realizar el registro debe estar presencialmente la persona titular física a la que se va a registrar, no se puede mandar a alguien que lo haga por nosotros. En algunos casos hace falta cita previa por lo que es importante que lo consultes antes de ir.
Puedes acceder a la página web de istración.gob.es y aquí sigue estos pasos:
- Toca sobre el primer apartado: Atención e información
- Abre el desplegable
- Elige la opción “Buscador de oficinas”
Aquí tendrás que rellenar una dirección y elegir la opción Cl@ve en el menú inferior. Cuando lo hayas hecho, toca en “Buscar” y aparecerán las oficinas más cercanas. De cada oficina podrás ver la dirección exacta, el teléfono y otros detalles como si cuenta o no con la opción de este registro, si es o no accesible, etc. Ya que puedes ver el teléfono es aconsejable que es para preguntar si es necesaria la cita. Puedes hacer esta vía telefónica o por Internet, ya que muchas oficinas permiten concertar la cita online.
Por videollamada
La videollamada es una de las últimas opciones que se han incorporado. Se trata de un servicio de lunes a viernes desde las 9:00 a las 14:00 horas de la tarde y necesitamos tener a mano el DNI, nuestro móvil y el correo electrónico. Además, hace falta tener un ordenador con conexión a Internet, auriculares con micrófono (o un portátil con micrófono incorporado). También necesitarás la aplicación zoom para videollamadas que puedes descargar de forma gratuita en cualquier sistema operativo.
Una vez que tengas todo lo que hace falta, sigue estos pasos:
- Ve a la web de la Agencia Tributaria desde aquí
- Abre el apartado de Ciudadanos
- Toca en la opción Trámites Electrónicos
- Elige Cl@Ve PIN
- Abre “Registrarse en Cl@ve”
Una vez aquí, como ves en la captura de pantalla adjunta, tendremos que introducir nuestro DNI y la fecha de validez del mismo. En la parte inferior encontraremos ahora un nuevo apartado “También puede registrarse por videollamada” en el que tendrás que pinchar con el ratón del ordenador. Acepta los términos y condiciones y accede a la videollamada. Automáticamente te llevará hasta Zoom y te atenderán en unos minutos. En esta llamada te atenderá una persona que te irá indicando los datos: deberás mostrarle el DNI, etc. Cuando termines, puedes confirmar el registro desde el correo electrónico que hayas utilizado para el registro.
Cuando hayas accedido a Cl@ve ya podrás empezar a usarlo y conseguir tu Cl@ve permanente, PIN o firma. Te lo explicaremos en los siguientes párrafos.
Cl@Ve PIN
La Cl@Ve PIN es un método o sistema para realizar trámites por Internet, generalmente gestiones con la istración, y que tiene una validez “limitada”. Accedemos a través de un código PIN que nos llega al teléfono móvil a través de un mensaje SMS o bien con un código en la app.
No hace falta acordarse de la contraseña porque accedes con ese PIN temporal en ese momento. Ten en cuenta que se trata de un PIN que debes usar en los diez minutos siguientes desde que lo recibes. Pasado este tiempo, caducará y deberás buscar otro. Además, solo puede usarse una vez, es una clave de un único y uso.
Cómo funciona
La Cl@Ve PIN se usa de forma muy sencilla. Simplemente tenemos que utilizar nuestro DNI o NIE al acceder a cualquier trámite y solicitar el código PIN cuando vayamos a realizar la gestión. Para identificarnos lo haremos con los códigos que hemos recibido en nuestro móvil de tres dígitos, el propio DNI o NIE y el código personalizado que hemos elegido nosotros mismos.
Como hemos dicho arriba recordemos que se trata de una Cl@ve de un solo uso y que su caducidad es de 10 minutos. Te explicamos cómo conseguir este PIN que, ten en cuenta, es de un único uso e intransferible.
Además, deberás tener el móvil cerca antes de proceder con cualquier trámite, porque de lo contrario no te daría tiempo a identificarte de forma correcta.
Cómo conseguir la Cl@Ve PIN
Podemos conseguir el PIN de dos formas: a través de la app o por SMS. Primero tenemos que estar registrados en Cl@ve, como ya hemos explicado antes. Una vez que lo tengas, los pasos para conseguir el PIN de tres cifras son muy sencillos.
Puedes comenzar con la descarga de la app y su instalación en tu teléfono móvil. Cuando vayas a iniciar sesión, introduce tu DNI o NIE y selecciona el apartado «Utilizar la App Cl@ve PIN para obtener el PIN (recomendado)», tal y como puedes ver en la fotografía. Una vez que lo hayas hecho, introduce el DNI, la fecha de expedición, el código personalizado y toca en “obtener PIN”. La aplicación de Cl@ve PIN está disponible para El proceso de configuración de Cl@ve Móvil es sencillo. Una vez te hayas descargado la app, tendrás que pasar por un sistema de identificación para vincular tu dispositivo con la herramienta. Esto implicará hacer la lectura de un código QR con el sistema de escaneo que tiene la propia aplicación. Como opciones alternativas habrá otros métodos de identificación con, por ejemplo, tu DNI. Es importante recordar que el DNI y NIE solo permite disponer de un dispositivo activo en cuanto al vínculo que tengas con el mismo, así que tenlo en cuenta cuando estés haciendo el proceso.
Con este sistema de Cl@ve Móvil, el Gobierno sigue potenciando la realización de trámites de forma digital para que los ciudadanos tengan la oportunidad de ahorrar el máximo tiempo posible. Es conveniente acostumbrarse al uso de esta aplicación y sistema de identificación para poder beneficiarte del mayor nivel de seguridad y eficacia.
Diferencias entre todas las Cl@ves
¿Qué diferencia hay entre todos estos sistemas? Como hemos explicado al principio, tanto la Cl@Ve PIN u ocasional o la Cl@Ve permanente son parte del “sistema Cl@Ve”, en general. Este último es el sistema utilizado pero los métodos de son los dos primeros que nos permiten ingresar online para realizar los trámites según queramos algo concreto o acceder de forma habitual a Internet. Su propio nombre nos deja bastante clara la diferencia: dependerá si quieres usar cada mes, cada semana, o si simplemente quieres acceder una vez al año o cada dos años.
- Tipos de trámites
Generalmente se utiliza el sistema de Cl@ve PIN y la Cl@ve Permanente sin código de seguridad para trámites habituales del día a día como las gestiones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la Dirección General de Tráfico y otras gestiones menores con la istración. Sin embargo, cuando realizamos otro tipo de trámites que manejan información confidencial o que requieren de un nivel mayor de seguridad se nos solicitará el código de seguridad a modo de autenticación en dos pasos y tendremos que utilizar únicamente la Cl@ve Permanente.
- Periodo de validez
La caducidad también es un factor diferencial en los diferentes sistemas de Cl@ve. La Cl@ve Pin tiene una caducidad de 10 minutos que vendrá indicada con un temporizador en la aplicación móvil, si es que la tenemos instalada. De lo contrario tendremos que fijarnos en la hora de activación del SMS recibido con el PIN.
La Cl@ve Permanente tiene una duración de 2 años. Una vez transcurrido este tiempo acudiremos al servicio de Cambio de contraseña con a través de certificado digital y obtendremos una nueva contraseña válida para otros dos años. También podemos acceder al servicio de Cambio de contraseña con y contraseña antes de que finalice el periodo de 2 años, crearemos una nueva clave y el periodo de 2 años de validez comenzará de nuevo.
- Compatibilidad con de la Seguridad Social
Es importante distinguir si nos hemos registrado en una oficina Cl@ve para poder realizar todo tipo de trámites con la istración o si únicamente tenemos el y la contraseña de otra entidad como puede ser la Seguridad Social. Ésta puede proveernos de un y contraseña para realizar los trámites, pero no es compatible con el sistema Cl@ve PIN.
En cualquier caso, será posible migrar al sistema Cl@ve cuando vayamos a realizar alguna gestión en el portal de la Seguridad Social porque la verificación de la identidad del ya se ha realizado previamente. Por el contrario, sí que tendremos la posibilidad utilizar las credenciales obtenidas para así acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social para realizar trámites con Cl@ve Permanente.
Problemas que pueden darse con Cl@ve
Hay ciertos problemas que te puedes encontrar usando este sistema de identificación, así que te comentamos los principales y qué debes hacer.
No están todas las opciones en la pantalla en algunos servicios
Aunque muchas de estas opciones las puedes utilizar en los diferentes trámites, puede que no te encuentres con todas las opciones en la pantalla Cl@ve para seleccionar el método de identificación. Esto es así porque dependiendo de las características de este servicio, alguno de ellos puede no estar disponible en ciertas gestiones.
Esto se debe a que el nivel de seguridad requerido para su es superior al que proporciona el método de identificación. Es el caso, por ejemplo, de servicios que manejan datos de carácter personal especialmente protegidos. En este caso, lo único que puedes hacer es utilizar un método de identificación válido.
Me encuentro con el error «No se ha proporcionado un certificado válido»
Para poder usar Cl@ve con un certificado electrónico se requiere que el certificado sea un certificado de persona física o de empleado público reconocido que se encuentre en la «Lista de prestadores de servicios de certificación» (TSL) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Si no es así, te aparecerá este error sin que puedas hacer nada más que utilizarlo con este tipo de certificados.
Si no consigues revolver este u otro problema, puedes llamar al 060 o dejar un mensaje en el Buzón de atención aquí en que se plantean dudas o problemas de ciudadanos con Cl@ve.
Url no válida
Si cuando nos intentamos identificar con Cl@ve PIN aparece el mensaje «Errores detectados:[077] URL de referencia no válida«, se recomienda probar alguna de las siguientes alternativas para poder acceder al trámite con Cl@ve PIN:
- Probar otro navegador distinto u otro dispositivo. Se puede instalar la app Cl@ve PIN en cualquier dispositivo móvil para obtener un PIN rápido después de activar el .
- Si nos registramos hace tiempo y hace mucho que no hacemos uso de este sistema de identificación, tendremos que volver a registrarnos en Cl@ve PIN, tanto presencialmente en una oficina de registro o por Internet con código de verificación, por videollamada o con firma digital.
- En el caso de que haya existido un cambio en los datos censales, es posible que se requiera una actualización de datos para poder usar Cl@ve PIN.
Parámetro QAA inexistente
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Por motivos de seguridad y no tener que recordar una nueva contraseña, te recomiendo que utilices la Cl@ve PIN. Para hacerlo simplemente tienes que acceder a algún servicio de la istración pública que permita el con Cl@ve. Al hacerlo te preguntará con qué opción quieres identificarte y solo debes seleccionar Cl@ve PIN y después Usar el navegador para obtener el PIN y recibir un SMS en el teléfono que has establecido a la hora de crear la cuenta. Al seleccionar esa opción recibirás un mensaje con un código que tendrás que introducir para completar la identificación. ¿Fácil no te parece?
Si no recuerdas tu contraseña, podrás definir una nueva a través del Servicio de Olvido de Contraseña publicado en el Portal Cl@ve. Para ello tendrás que introducir el código de activación de nuevo, así que, aunque lo hayas usado para crear tu contraseña recuerda guardarlo bien porque puede hacerte falta.