Cuando descargamos un torrent de Internet la IP es pública y esto confiere a operadores y otros actores la capacidad de saber lo que una dirección en concreto está descargando. La IP también se almacena en los diferentes servicios de vídeo a los que subimos contenido, con el añadido de que hemos utilizado una dirección de email para registrarnos. Todo esto es lo que pretenden utilizar decenas de denuncias contra s piratas, por ejemplo, contra los que suben películas piratas a YouTube. Sin embargo, el tribunal superior de justicia de la Unión Europea confirma que YouTube no debe entregar el email o la IP de un pirata a la justicia.
No es la primera vez que se mezcla la piratería con las direcciones IP, y tampoco es la primera vez que se desestima una demanda por este motivo. Sin ir más lejos, el año pasado en Holanda, el operador Ziggo se negaba a identificar a los s cuyas IP había recogido la distribuidora sin que hubiera una orden judicial de por medio. Finalmente, todo terminó en juicio, sentenciándose que prima el derecho a la privacidad de los holandeses frente a los derechos de propiedad intelectual.
También el año pasado, en Estados Unidos se denunció al detrás de la IP 72.28.136.217 por compartir contenido protegido en la red torrent. No obstante, el juez sentenció que no había nada que vinculara la ubicación de la dirección IP con la identidad de la persona que realmente descargaba y visualizaba los videos del demandante o determinara si esa persona vivía en este distrito concreto.
A vueltas con la dirección IP de los piratas
El caso que nos ocupa también incluye el uso de la IP, pero de forma diferente. En este caso, viajamos a Alemania para conocer la denuncia contra tres s de YouTube por subir varias películas comerciales a la plataforma sin permiso, como Scary Movie 5 o Parker. El demandante pidió a YouTube que le desvelara el email, la dirección IP y el teléfono de esos s.
En un primer momento, la corte del distrito de Frankfurt tumbó la demanda, pero la audiencia superior de esa gestión dictó que debía entregar el correo, pero no la dirección IP ni el teléfono. Nadie quedó conforme con la decisión y todo terminó en el tribunal federal de justicia que, antes de dictar sentencia, consultó con el tribunal superior de justicia de la Unión Europea.
Aunque ambas entidades confieren al dueño del copyright a conocer la identidad de los infractores, no queda clara la información que debe entregárseles. La directiva europea menciona únicamente “nombres y direcciones”, algo para lo que Alemania pide ayuda a la hora de interpretar.
El abogado general de la UE entiende que debe interpretarse de forma literal, por lo que no incluye ni la dirección IP, ni el correo electrónico ni el número de teléfono. Aunque la recomendación de la justicia europea no es vinculante para Alemania, existen muchas probabilidades de que siga la recomendación.