La educación a distancia llegó a nuestras vidas con la pandemia ocasionada por la COVID-19 en 2020. Desde entonces, este método de enseñanza sigue vigente en algunos sectores y, con ello, llegó también uno de los problemas de privacidad más graves del momento: la vigilancia de exámenes a través de reconocimiento facial.
En plena era de la inteligencia artificial, la privacidad en la red se ha convertido en uno de los temas más controvertidos, lo que ha llevado a un número creciente de compañías a posicionarse a su favor.
¿Era legal vigilar al alumno en exámenes online?
Es por eso que la Agencia Española de Protección de Datos, la AEPD, ha puesto punto y final, al menos por ahora, a esta invasiva práctica que durante años ha tenido a los estudiantes y docentes expuestos y sin armas para defenderse. El organismo marca un antes y un después con esta decisión y deja claro que el fin no justifica los medios, y menos aún si lo que está en juego es la privacidad de las personas.
Y ahí es justo donde la Agencia ha puesto el foco, en la falta de proporcionalidad. A pesar de la importancia de la evaluación académica, no se puede justificar el uso de tecnologías que atentan directamente contra la privacidad de los alumnos, a través de una vigilancia permanente. Por tanto, la conclusión es clara: sin una normativa que lo avale, este tipo de prácticas están fuera de la ley y, en consecuencia, están prohibidas.
Aunque la AEPD no cierra la puerta a que en el futuro pueda regularse el uso de estas tecnologías, deja claro que solo podrá hacerse bajo condiciones muy estrictas. De momento, ninguna universidad en España está autorizada a aplicar este tipo de vigilancia biométrica. Ahora, toca remar por construir una educación online que no necesite mirar a través de la webcam para confiar en sus estudiantes.