La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia que condena a un año de prisión y 2.500 euros de multa a cada uno de los dos propietarios de una tienda donde se instalaban chips en videoconsolas y se vendían copias de juegos no originales.
derechos del titular de la propiedad intelectual con la sola acción de ampliar las funciones de la videoconsola». El tribunal entiende que las ganancias económicas de los condenados «vienen de la venta de la función neutralizadora del programa de protección del ordenador, mientras que las otras funciones adicionales también facilitadas son meramente residuales«.
Así pues, la multifuncionalidad de los chips no ha servido en esta ocasión para convencer al juez. «Añadir alguna otra función al dispositivo técnico diseñado, además de neutralizar la protección del programa de ordenador, no produce ningún beneficio social que pueda compensar el perjuicio que tiene que soportar el titular de los derechos afectados», considera el juez.
Por otro lado, los condenados también han visto cómo se desestimaban sus argumentos en lo que a venta de copias de juegos se refieren. La sentencia excluye «la hipótesis de los recurrentes de que el abundantísimo numero de copias de DVD de juegos eran meras copias de seguridad, destinadas exclusivamente para comprobar el buen uso de los ordenadores reparados», por lo que entiende que los condenados buscaban con su venta un beneficio económico directo.